- Ver debate en el Pleno.
- Ver rueda de prensa.
- Ver otras mociones de Adelante Coín.
- Rechazada, con los votos a favor de Andalucía x Sí, PSOE y Adelante Coín, la abstención de Ciudadanos y el voto en contra del PP.
Micaela Guzmán Bernal como portavoz del Grupo Municipal Adelante Coín del Ayuntamiento de Coín expone a la Corporación la siguiente moción para tratar en el Pleno Ordinario de marzo de 2021.
Exposición de motivos
Tal como se expuso en la moción sobre las situación actual de las residencias, el catálogo de prestaciones actual de la Junta sólo da cobertura a personas no dependientes si se encuentran en situación de exclusión social severa y el coste de las residencias convencionales es en muchos casos excesivamente elevado para que estas personas puedan asumirlo.
El envejecimiento general de la sociedad es un hecho innegable y creemos que no es necesario aportar datos que lo confirmen. También es un hecho que los cambios en nuestra sociedad están modificando de forma sustancial los patrones clásicos de como las sucesivas generaciones van llegando a la vejez. Por un lado el grado de autonomía de las personas mayores es cada vez mejor y su integración social más continuada, pero también se incrementan los problemas familiares de convivencia y las situaciones de soledad, al mismo tiempo que sus posibilidades para el acceso a una vivienda propia o en alquiler se van reduciendo.
Los servicios sociales especializados, en cuanto instrumentos para la atención a las personas mayores dirigidos a posibilitar su integración social, habrán de procurar estructurarse en los ámbitos más próximos a la ciudadanía, evitando situaciones de desarraigo y lo harán entre otras formas, en viviendas tuteladas que son aquellas destinadas a personas mayores que posean un grado suficiente de autonomía personal y se configuran como pequeñas unidades de alojamiento y convivencia ubicadas en edificios o zonas de viviendas normalizadas, sometidas al cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa sobre centros de servicios sociales, y supervisadas por una entidad de servicios sociales, tanto de carácter público como privado. Esto último no es una propuesta nuestra, son los artículos 14 y 17 de la Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores.
Las viviendas tuteladas son un recurso para atender las necesidades de alojamiento, manutención y seguridad cuando las personas mayores con autonomía no disponen de un alojamiento propio y adecuado o tienen problemas de soledad o convivencia y, básicamente, tienen que recurrir a una vivienda en régimen de alquiler, pero cuyos recursos económicos no les permiten acceder a las que se ofertan en el mercado. Estas viviendas pueden destinarse a una única persona o ser dobles, para acoger a parejas, hermanos u otros familiares que formen una unidad convivencial.
Aunque existen muchísimas formas de proveer esta alternativa, su denominador común es que cada unidad residencial tiene los servicios completos de una vivienda convencional, aunque de una forma muy reducida, y cuenta con zonas comunes de convivencia y atención física, además de estar supervisadas por los servicios sociales, para cubrir las necesidades que requieran. Estas viviendas se suele agrupar horizontalmente o en pequeños bloques, pero no superando las 20 unidades. El ingreso en centros residenciales distintos debería limitarse a las personas con una elevada dependencia.
Teniendo en cuenta el déficit residencial actual y la demanda que se prevé para un futuro bastante cercano, entendemos que una parte sustancial de la oferta debería dirigirse a las viviendas tuteladas públicas y no convertirse en un argumento para la multiplicación de centros geriátricos con alta densidad de usuarios y además de gestión privada.
En su artículo 30, la Ley a la que antes nos hemos referido detalla que las Administraciones Públicas impulsarán la promoción de viviendas tuteladas y compartidas destinadas a personas mayores, con objeto de favorecer la convivencia solidaria, la autonomía y la ayuda mutua.
Dado que las entidades locales son las más cercanas a la ciudadanía y que tienen competencias en la ordenación de la vivienda, estimamos que es labor de nuestro Ayuntamiento dar los pasos necesarios para cubrir en un futuro esta necesidad, dentro del marco general del acceso a la vivienda de la población. De hecho el Plan Municipal de Vivienda de Coín incluye esta línea de trabajo (ref: E7) dentro del programa de actuaciones con financiación externa, y su seguimiento depende de las Concejalías de Urbanismo y Servicios Sociales. Sin embargo la prioridad asignada a esta actuación es de nivel bajo y la asignación presupuestaria es cero y eso que existe una línea de financiación disponible de nivel estatal, que también se detalla en el Plan Municipal de Vivienda con la referencia PEV1821, del Programa de fomento de vivienda a personas mayores y con discapacidad.
Lo que aquí planteamos más que un desarrollo concreto es que se reconozca la necesidad de que exista una alternativa pública para una demanda cada vez más evidente. Esta iniciativa tiene un largo recorrido, pero tenemos la ventaja de que para desarrollar un modelo habitacional alternativo no hay que innovar, sólo hay que tomar nota de lo que se lleva haciendo durante ya muchos años en otros municipios. Pero también es necesario tener la voluntad política de llevarlo a término y por tanto comenzar a dar los pasos necesarios para incorporar este modelo alternativo
Por todos los motivos expuestos, proponemos a la aprobación del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Coín que se adopten los siguientes puntos:
1.- Que el Pleno asuma la necesidad real de viviendas destinadas a personas mayores no dependientes y considere las viviendas tuteladas como solución práctica y viable, así como asumir la función de promoción de este tipo de viviendas y su gestión, dando cumplimiento a la Ley 6/1999. de Atención y protección a las personas mayores.
2.- Modificar en la próxima revisión del Plan Municipal de Vivienda de Coín la prioridad asignada al fomento de viviendas destinadas a personas mayores e incluirla entre los objetivos del Plan.
3.- Realizar una hoja de ruta que incluya los estudios pertinentes para el desarrollo práctico de dicha actuación y que incluirían entre otros: un registro de demandantes, los planeamientos urbanísticos, las fuentes de financiación, los proyectos técnicos de desarrollo, los reglamentos de funcionamiento, y los posibles convenios con la administración autonómica.
4.- Instar a la Junta de Andalucía a adoptar las viviendas tuteladas públicas como forma de desarrollar y dar cumplimiento a la ley 6/1999 de Atención y protección a las personas mayores e Incorporar la atención social a los mismos en su catalogo de prestaciones.
En Coín a 17 de Marzo de 2021
Fdo.: Micaela Guzmán Bernal
Portavoz del Grupo Municipal de Adelante Coín