Bonificaciones en el IBI e ICIO para las instalaciones residenciales de autoconsumo fotovoltaico

En el escenario de transición energética en el que nos encontramos, la necesidad de obtener energías más limpias pasa por generalizar la implantación de las energías renovables en nuestro modelo energético.

Ya en dos ocasiones anteriormente hemos sometido a debate en este pleno, iniciativas de cara a abordar la problemática relacionada con una implantación masiva, instando a distintas administraciones para lograr una adecuada ordenación, frente a la avalancha de proyectos de grandes plantas.

En esta ocasión abordamos la cuestión desde el punto de vista del autoconsumo, como alternativa prioritaria al modelo anterior. Queremos destacar que nuestro país ha ratificado distintas directivas europeas que fijan la obligación de hacer partícipe al consumidor del propio sistema eléctrico, pasando de ser un elemento pasivo que recibe un servicio y paga por él, a un elemento que forma parte activa, generando su propia electricidad para autoconsumirla o incorporarla a la red eléctrica, almacenándola o regulando su demanda (controlando cuánto consume y cuándo lo consume).

Como consecuencia de lo anterior se establece a nivel nacional un marco normativo basado en el RDL 15/2018 y RD 244/2019 para la regulación de las instalaciones de autoconsumo, estableciendo las bases y desarrollando los aspectos necesarios para fomentar esta forma de generación, bien de forma individual o colectiva, posibilitando incluso la venta o compensación de excedentes. Finalmente este año con el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo.

A nivel andaluz, con la Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, se desarrolla la convocatoria para ejecutar los programas de ayudas antes mencionados.

El objetivo de nuestra moción es incluir también al Ayuntamiento de Coín como un elemento activo, tal y como se plantea en el capítulo 6 de la “Guía para el fomento del autoconsumo en los municipios andaluces” elaborado por la Agencia Andaluza de la Energía en mayo de 2020.

En concreto se desarrolla la posibilidad que tienen los ayuntamientos de bonificar fiscalmente de forma potestativa y al amparo del real Decreto Legislativo 2/2004, del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Las bonificaciones se pueden aplicar sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles hasta un 50%, en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), hasta un 95% y sobre el Impuesto de Actividades Económicas hasta un 50%. Dado que el objetivo de esta moción se ha orientado al autoconsumo residencial, solo se plantea sobre los dos primeros impuestos.

La forma habitual por la que se fijan normativamente dichas bonificaciones es como una incorporación a la ordenanza fiscal reguladora del IBI, en nuestro caso, pero no es objetivo de la presente moción precisar los aspectos jurídicos, sino acordar que se establecezcan las bonificaciones por los departamentos correspondientes.

Tampoco es su objetivo definir con precisión los aspectos técnicos, pero tras una valoración general, y con vistas a una tramitación simple y al mismo tiempo atractiva se estima adecuado un planteamiento similar al siguiente:

Bonificar el IBI durante cuatro años, a viviendas con instalaciones de hasta 10kW con un 25% anual y un máximo anual en torno a 200€. De esta forma se estima que se estaría bonificando en total aproximadamente un 20% de la inversión al final de los 4 años de una instalación domestica de tamaño medio y sin mermar significativamente los ingresos municipales.

Bonificar un 65% el ICIO correspondiente a la instalación fotovoltaica considerada de forma independiente de otras obras y siempre que no sea obligatoria su instalación.

Un segundo aspecto en el cual la administración municipal puede fomentar activamente las instalaciones de autoconsumo es mediante la agilización administrativa de documentos como por ejemplo una comunicación de instalación en la forma de formulario tipo de declaración responsable simplificada, incluyendo el cumplimiento de los requerimientos urbanísticos.

Por todo ello se propone al pleno acordar:

1.- Que se desarrolle una modificación de la ordenanza fiscal reguladora del IBI y del ICIO que sea preceptiva para establecer una bonificación en la cuantía, duración y ámbito de aplicación que los departamentos técnicos justifiquen.

2.- Que se implemente una simplificación administrativa específica para la necesaria autorización de las instalaciones residenciales de autoconsumo.