Contribuciones especiales para arreglo de caminos

Micaela Guzmán Bernal como portavoz del Grupo Municipal Unidas Podemos del Ayuntamiento de Coín expone a la Corporación la siguiente moción para tratar en el Pleno Ordinario de febrero 2023 por vía ordinaria.

Exposición de motivos

Ya hemos argumentado en repetidas ocasiones nuestro punto de vista cada vez que el Equipo de Gobierno trae a Pleno el arreglo de un camino rural público a través de convenios con los vecinos/as, pagando cada parte el 50%.

Hoy lo traemos en forma de propuesta elaborada, porque estamos convencidos/as de que las contribuciones especiales son la mejor fórmula, por ser la más justa y razonable.

Si lo pensábamos desde un principio, cada vez lo tenemos más claro, cuando vemos los problemas con los que se encuentra el vecindario de algunos caminos, ante vecinos/as que se niegan a pagar, o ante la representación que esté negociando con el ayuntamiento, que en ocasiones no informa a todas las personas y van tomando decisiones por su cuenta, o vecinos/as que llevan mucho tiempo intentando que se arregle el camino que tienen que utilizar y, al no haber acuerdo, no se arregla.

Para empezar, aunque lo repitamos, no estamos hablando de caminos privados, sino de caminos públicos y que, por tanto, su arreglo corresponde al ayuntamiento.

¿Cuáles son los motivos por lo que vemos más adecuada la fórmula de las contribuciones especiales?:

  • No podemos hacer depender que se arregle un camino de que los vecinos consigan ponerse de acuerdo entre ellos o no.
  • Siendo algo público no podemos cargar en los vecinos/as la responsabilidad de controlar que todas las personas paguen.
  • No es justo que todas las personas, incluidas las que no paguen, se beneficien de ese acuerdo y del dinero público y que aportan otros vecinos.
  • Hay caminos que se arreglan sin la fórmula del acuerdo, lo que crea un doble rasero entre usuarios de unos caminos y otros.

Cuando hemos argumentado todo esto, el propio concejal del ramo nos ha dicho que quizás las contribuciones especiales sería un buen método, pero que es algo muy complicado de aplicar.

Pues bien, en Alhaurín el Grande, pueblo vecino, del mismo color político que este Equipo de Gobierno, lleva mucho tiempo aplicándolas. De hecho, la Ordenanza que aplican la tienen aprobada desde 2001 y se puede ver publicada den el BOP 203 del 22 de octubre de 2001. A partir de ahí han ido sacando Ordenanzas concretas para cada camino.

La Ordenanza se basa en:

  • Art. 133 y 142 de la Constitución: Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes. Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley les atribuye y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  • Art. 106 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local: Las entidades locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributos
  • Art. 15 al 19, 20 al 37 y 39 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales: regulación de las Ordenanzas Fiscales.

El hecho imponible es la obtención de un beneficio como consecuencia de las obras de conservación y reparación de los caminos rurales, es decir los limítrofes y los que sin serlo tienen que utilizar el camino para acceder a su propiedad o lo utilicen con fines comerciales o industriales.

La base imponible es, en general, el 30% del coste total o el 50% una vez deducidas las subvenciones, teniendo una parte fija y otra variable, con reducciones en distintos casos (no ser limítrofe, cantidad de m2 de la propiedad, tener o no vivienda…).

Estas cuestiones las decide el ayuntamiento de forma arbitral y no se deja en manos (otra cuestión más) de los vecinos, que además tienen que llegar a acuerdo sobre las cantidades variables a pagar cada finca y eso en el mejor de los casos; en otros casos el grupo impulsor puede decidir que pagan todos por igual, independientemente de ningún criterio.

En Alhaurín, el ayuntamiento hace una relación de las personas afectadas, se les asigna en base a la Ordenanza lo que cada cual tiene que pagar y se les notifica individualmente.

El ayuntamiento ha arreglado caminos con esta formula contando con subvenciones de la Junta, pero también ha hecho actuaciones en este sentido sin subvenciones.

El ayuntamiento redacta el proyecto, licita y dirige la obra, al igual que con la forma que se está aplicando aquí.

Todo esto anterior no es más que un ejemplo de que, si se quiere, se puede hacer, de hecho se está haciendo. En su caso el ayuntamiento de Coín reflejaría en su Ordenanza los criterios que considerase.

Por todos los motivos expuestos, proponemos a la aprobación del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Coín

  1. Se elabore una Ordenanzas sobre contribuciones especiales para arreglo de caminos públicos rurales.
  2. Se aplique dicha Ordenanza, al menos, cada vez que se vaya a hacer una actuación importante en un camino de éste tipo.

En Coín a 12 de febrero de 2023

Fdo.: Micaela Guzmán Bernal
Portavoz del Grupo Municipal de Unidas Podemos por Coín

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